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Transporte Terrestre Por Carretera





Es el más importante en la actualidad tanto para mercancías como para personas, debido al gran desarrollo de los vehículos públicos y privados, (coches, camiones o autobuses). Su ventaja radica en la gran flexibilidad que presenta, pues no se restringe a seguir unas rutas fijas como el ferrocarril, sino que dada la interconexión de los diferentes ejes se puede llegar a cualquier lugar siguiendo las carreteras. Como desventajas presentan el elevado coste de construcción y mantenimiento de las infraestructuras viarias, o la congestión generada debido al aumento de los flujos.

Antecedentes históricos

El origen de esta red hay que buscarla en los antiguos caminos de herradura que fueron transformados desde finales del siglo XIX y durante todo el siglo XX en carreteras. Además se han ido construyendo nuevas vías que han ido facilitando el transporte y jerarquizando la red, así encontramos redes viarias compuestas por autopistas, autovías, vías rápidas, carreteras de diferentes anchos y caminos asfaltados o ripiados. En los países desarrollados, la red es densa y altamente jerarquizada, constituyendo el principal objetivo de las autoridades el mantenimiento de las infraestructuras ya construidas y la transformación en autopistas de las vías de circulación más densas; mientras que en los países subdesarrollados, la red es bastante menos densa y presenta problemas de acondicionamiento, asfaltado, sinuosidad, etc.
El principal modo de transporte terrestre era por reata de animales de carga y por caballos sobre los senderos de los nativos americanos. Carretas grandes con capacidad de dos a cuatro toneladas y jalados por caballos o bueyes, los cuales podían conformar equipos de hasta seis animales, empezaron a aparecer a finales del siglo XVI.
El comercio entre ciudades estaba en incremento y el movimiento por envío marítimo costero resultaba demasiado lento e irregular. Algo debía hacerse en relación con los caminos, y no demoró para que la primera legislación sobre mantenimiento, estuviera elaborada. Los carros públicos también aparecieron. Eran lentos, abarcaban poco más de veinte kilómetros por día, y eran increíblemente incómodos. La gente generalmente viajaba poco o nada, y raras veces para el placer, debido a los pésimos caminos.
Hacia 1800 se hicieron carreteras de tierra al quitar la maleza y los árboles de estos senderos. Muchas de esas carreteras, sin embargo, se hacían casi intransitables durante los periodos de mal tiempo. En 1820, la mejora de las carreteras denominadas turnpikes (autopistas), en las que las empresas privadas cobraban un peaje por haberlas construido, conectó todas las ciudades principales superando al resto de carreteras.
El transporte terrestre se desarrolló más despacio. Durante siglos los medios tradicionales de transporte, restringidos a montar sobre animales, carros y trineos tirados por animales, raramente excedían de un promedio de 16 Km/h. El transporte terrestre mejoró poco hasta 1820, año en el que el ingeniero británico George Stephenson adaptó un motor de vapor a una locomotora e inició, entre Stockton y Darlington, en Inglaterra, el primer ferrocarril de vapor.
Sucesivos gobiernos han realizado grandes inversiones hasta conseguir unas vías básicas de gran capacidad (autopistas y autovías) que permiten el desplazamiento de gran número de personas y mercancías por todo territorio con niveles de motorización próximos a los grandes países industrializados.
En América Latina, el caballo, la mula y el transporte sobre ruedas fueron introducidos por españoles y portugueses. Los mismos aprovecharon muchas veces las rutas construidas por los indígenas. Ya en el siglo XVIII existían carreteras en todo el continente. A pesar de ello, en la actualidad muchos países latinoamericanos cuentan con sistemas de carreteras más o menos aceptables.
Las vías de comunicación más modernas y extensas que se han creado a través de los tiempos se encuentran en todo el continente europeo. Dichas vías, autopistas o autovías son tomadas como modelo de construcción y arquitectura para los grandes países de América Latina.
Aspectos positivos


*    Rapidez: El transporte por carretera no esta sujeto a horarios rigidos preestablecidos. Puede empezar un viaje tan pronto como haya dado fin a las operaciones de carga, siendo el reparto mas rápido en el punto de destino y, generalmente, de puerta a puerta.
*    Regularidad: el transporte se somete a una exacta observancia de horarios cumpliendo con los itinerarios fijados, paradas, horas de salida y llegad, carga y descarga.
*    Dependencia: no esta subordinado generalmente a otros modos y medios de transporte una vez realizada la carga, asi como tampoco lo precisa para efectuar descargas.
*    Accesibilidad: el camion puede llegar a un número mayor de destinos que cualquier otro modo de transporte interior, sin necesidad de efectuar Transbordos ni manipulaciones intermedias.
*    Flexibilidad: en los casos de cortes de carreteras por obras de infraestructuras, nevadas, invasiones de aguas, inundaciones, bloqueos, etc; el camión puede optar siempre por acceder a redes viarias alternativas para poder llegar a su destino.
*    Seguridad: las acciones por robos y averías en los cargamentos están considerablemente reducidas. Factor decisivo es que normalmente las tripulaciones suelen ser las mismas en las unidades de carga, lo que hace que la especialización sea mayor al conocer, en todo momento, el control y comportamiento de la maquina y sus prestaciones.
*    Versatilidad: los  vehículos están adaptados a los varios tipos de mercancías, tales como aridos, liquidos, gases, frigoríficos, contenedores, etc.  





Aspectos negativos


*    Contingentacion: las autorizaciones de transito internacional suelen estar sujetas a contingentes, según condiciones fijadas en convenios bilaterales.
*    Congestiones de tráfico: es el grave problema des de las entradas y salidas de las grandes ciudades y sus vias de acceso. En muchas ocaciones se producen atascos con la consiguiente perdida de tiempo, que ocacionan retrasos considerables en los horarios previstos en la planificacion y logistica de las operaciones.
*    Accidentalidad: el indice de siniestros en las carreteras es muy superior al que pueden presentarse en otros modos de transporte, maxime si los itinerarios no se realizan por autopistas o autovias.
*    Atomizacion empresarial: existe un gran porcentaje de empresas que, en muchos casos, solo disponen de un vehiculo, con una inferior disposicion de maniobra y de gestion empresarial, aminorando los beneficios y servicios que serian deseables prara una mejor economia de mercado.



Normatividad Legal

*    El CONVENIO TIR: Refleja las normas para que en el transporte entre aduanas de dos países no sean necesarias las inspecciones en las aduanas de los países intermedios, ni en frontera, permitiendo penetrar más rápidamente a los camiones en los países. Su utilización es para países de fuera de la Comunidad Europea.

El convenio exige:

1.       Que la mercancía vaya en un camión especialmente habilitado y dotado de precinto y al que es imposible acceder sin romper los precintos.
2.      2. Que el transporte se desarrolle entre aduanas especiales Aduanas TIR.
3.      Que el transporte este respaldado por las Asociaciones participes en el Convenio.
4.      Que la mercancía viaje acompañada de un cuaderno TIR con unas hojas cuyas normas de uso son las siguientes: A. Disposiciones generales.
*    Expedición: El cuaderno TIR se expedirá en el país de salida o en el país en el que este establecido o domiciliado el titular.
*    Idioma: El cuaderno TIR estará impreso en francés, con excepción de la pagina 1 de la cubierta cuyas rúbricas estarán también impresas en ingles; las normas para la utilización del cuaderno TIR se reproducen también en ingles en la página 3 de dicha cubierta. Podrán además agregarse al cuaderno hojas suplementarias con la traducción del texto impreso a otros idiomas.
*    Validez: El cuaderno TIR será válido hasta la terminación de la operación TIR en la aduana de destino, siempre que haya sido aceptado en la aduana de salida dentro del plazo fijado por la asociación expedidora (rubrica 1 de la pagina 1 de la cubierta y rúbrica 4 de los talones
*    Número de Cuadernos: No se establecerá más que un cuaderno TIR para un conjunto de vehículos (vehículos acoplados) o para varios contenedores cargados sobre un solo vehículo o un conjunto de vehículos ( véase también el apartado d) del párrafo 10)
*    Número de aduanas de salida y de destino: Los transportes efectuados al amparo de un cuaderno TIR Podrán tener varias aduanas de salida y de destino, pero salvo autorización:

a) las aduanas de salida deberán estar situadas en el mismo país;
b) las aduanas de destino no Podrán estar situadas en más de dos países;
c) el número total de aduanas de salida y de destino no podrá exceder de cuatro (véase también el apartado e) del párrafo 10

*    Número de hojas: Si el transporte se efectúa por una sola aduana de salida y una sola aduana de destino, el cuaderno TIR deberá tener por lo menos dos hojas para el país de salida, tres hojas para el país de de destino y dos hojas para cada país restante cuyo territorio se atraviese. Por cada aduana de salida o destino suplementaria se necesitarán otras dos, o en su caso tres hojas; si las aduanas de destino están situadas en dos países distintos, habrá que agregar además otras dos hojas.
*    Presentación en las aduanas: El cuaderno TIR será presentado, juntamente con el vehículo de transporte por carretera, el conjunto de vehículos, el contenedor o los contenedores, en cada una de las aduanas de salida, de tránsito y de destino. En la última aduana de salida, el funcionario competente firmará y pondrá sello de la aduana con la fecha del día al pie del manifiesto de todos los talones que hayan de utilizarse para la continuación del transporte.

 Manera de llenar el cuaderno TIR
*    Raspaduras y enmiendas: En el cuaderno TIR no podrán hacerse raspaduras ni enmiendas. Toda rectificación deberá efectuarse tachando las indicaciones erróneas y agregando, en su caso, las que procedan. Toda modificación deberá ser aprobada por su autor y refrendada por las autoridades aduaneras.
*    Indicación relativa a la matricula: Cuando las disposiciones nacionales no prevean la matrícula de los remolques y semirremolques, se indicará, en lugar del número de matrícula, el número de identificación o de fabricación.

*    Manifiesto:

a) El manifiesto se llenará en el idioma del país de salida, a menos que las autoridades aduaneras autoricen el uso de otro idioma. Las autoridades aduaneras de los demás países cuyo territorio se atraviese se reservan el derecho de exigir una traducción en su idioma. A fin de evitar las demoras a que puede dar lugar esa exigencia, se aconseja al transportista que se provea de las traducciones necesarias

b) Las indicaciones que figuren en el manifiesto deberán estar escritas a máquina o en multicopista de manera que sean claramente legibles en todas las hojas. Las hojas ilegibles serán rechazadas por las autoridades aduaneras.

c) Cuando no haya espacio suficiente para consignar en el manifiesto todas las mercancías transportadas, podrán añadirse a los talones hojas anexas, del mismo modelo que el manifiesto o documentos comerciales en los que figuren todas las indicaciones del manifiesto. En este caso, en todos los talones deberán figurar las indicaciones siguientes:

*    número de las hojas anexas (rúbrica 10)

1.       número y naturaleza de los bultos u objetos, así como peso bruto total de las mercancías enumeradas en esas hojas anexas (rúbricas 11 a13).

2.      Cuando el cuaderno TIR se refiera a un conjunto de vehículos o a varios contenedores, se indicará separadamente en el manifiesto el contenido de cada vehículo o contenedor. Esa indicación deberá ir precedida del número de matrícula del vehículo o del número de identificación del contenedor (rúbrica 11 del manifiesto).-

3.      Del mismo modo, si hubiere varias aduanas de salida o de destino, las anotaciones relativas a las mercancías que cada aduana haya aceptado o tenido destinadas, estarán claramente separadas unas de otras en el manifiesto.

*    Listas de embalajes, fotografías, dibujos, etc. Cuando, para la identificación de las mercancías pesadas o voluminosas, las autoridades aduaneras exijan que acompañen al cuaderno TIR documentos de esa naturaleza, dichos documentos serán visados por las autoridades aduaneras y fijados a la página 2 de la cubierta del cuaderno. Además, se hará mención a esos documentos en la rúbrica 10 de todos los talones.

*    Firma: Todos los talones (Rúbricas 16 y 1 7) estarán fechados y firmados por el titular del cuaderno TIR o por su representante. C. Incidentes o Accidentes

*    En el caso de que, fortuitamente, en el curso del trayecto se rompa un precinto aduanero o se echen a perder o resulten dañadas mercancías, el transportista se dirigirá inmediatamente a las autoridades aduaneras que haya en las cercanías o, en su defecto, a otras autoridades competentes del país en que se encuentre. Dichas autoridades extenderán en el plazo más breve posible el acta de comprobación que figura en el cuaderno TIR.
*    En caso de accidente que requiera el transbordo a otro vehículo o a otro contenedor, ese transbordo no podrá efectuarse más que en presencia de una de las autoridades a que se refiere el párrafo 3. Tal autoridad extenderá el acta correspondiente. A menos que el cuaderno ostente la mención mercancías pesadas o voluminosas, el vehículo o contenedor sustitutivo deberá estar aprobado para el transporte de mercancías bajo precinto aduanero. Además será precintado y el precinto utilizado se describirá en el acta de comprobación. No obstante, en caso de no disponerse de ningún vehículo o contenedor aprobado, el transbordo podrá efectuarse a un vehículo o contenedor no aprobado, siempre que ofrezca garantías suficientes. En este último caso, las autoridades aduaneras de los países siguientes apreciaran si también ellas pueden permitir la continuación en ese vehículo o contenedor del transporte efectuado al amparo del cuaderno TIR.

*    En caso de peligro inminente que exija la descarga inmediata, parcial o total, el transportista podrá adoptar por su propia iniciativa las medidas oportunas sin solicitar ni esperar la intervención de las autoridades a que se refiere el párrafo 13. Tendrá entonces que demostrar que ha tenido que actuar así para proteger el vehículo o contenedor o su cargamento, y tan pronto como haya adoptado las medidas preventivas de primera urgencia, advertirá a una de las autoridades a que se hace referencia en el párrafo 13 para que comprueben los hechos, verifiquen la carga, precinten el vehículo o contenedor y extiendan el acta de comprobación.
*    El acta de comprobación permanecerá unida al cuaderno TIR hasta la aduana de destino.

*    Se recomienda a las asociaciones que faciliten a los transportistas, además del modelo inserto en el propio cuaderno TIR, cierto número de formularios del acta de comprobación redactados en el idioma o los idiomas de los países que se hayan de atravesar.

*    Ámbito Europeo: Convenio Internacional Relativo al Contrato de Transporte     Internacional de Mercancías por carretera.

*    ACUERDO ADR: El ADR, o Acuerdo Europeo sobre el transporte internacional de cargas peligrosas por vía terrestre es un acuerdo europeo firmado por varios países en Ginebra el 30 de septiembre de 1957 para regular el transporte de mercancías peligrosas por carretera.

Aplicación: El ADR fue realizado conforme las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas y rige en España por la adhesión hecha el 19 de octubre de 1972. Además de la mayoría de los países europeos, también lo han suscrito países asiáticos y del norte de África. La última revisión publicada entró en vigor en el año 2009 y están previstas revisiones bienales, en años impares.

El acuerdo regula el embalaje, transporte, documentación y demás aspectos del transporte por carretera de las mercancías peligrosas, incluyendo la carga, descarga y almacenaje de las mismas, sea que el transporte se realice entre varios países o dentro del territorio de uno solo. Un aspecto importante es la determinación de las obligaciones y responsabilidades de cada uno de los intervinientes en las operaciones en orden a procurar evitar daños a las personas y cosas así como proteger al medio ambiente.

La normativa contiene una lista detallada con epígrafes para la mayor parte de las mercancías consideradas peligrosas (codificadas según una numeración establecida por la ONU) y los requisitos normativos que se aplican a cada caso.

La regulación afecta tanto a los directamente involucrados en el transporte como a los fabricantes de elementos y materiales relacionadas con el transporte, embalaje y manipulación de mercaderías peligrosas.
*    América Latina
CICTIMC (Convención Interamericana sobre Contrato de Transporte internacional de Mercadería por Carretera):
CICTIMC Área de Libre Comercio de las Américas Convención Interamericana sobre Contrato de Transporte Internacional de Mercadería por Carretera Transporte Cumulativo o Sucesivo: Modalidad de transporte plural en la que todos los operadores que intervienen en el traslado de la carga se convierten en un mismo y único contrato de transporte adhiriéndose en forma sucesiva la carga asumiendo la obligación individual y solidaria. Conocimiento de Embarque o Carta de Porte: Se determina la posibilidad de que las partes determinen que sea circulable, con lo cual se le otorga la calidad de “titulo-valor” como el conocimiento de embarque marítimo, aunque existe la posibilidad de que se emita un conocimiento de embarque no negociable.

Responsabilidad:

*    El porteador responde a los hechos y omisiones de sus agentes, empleados y dependientes o de los terceros a los cuales se encomienda la totalidad o parte de los servicios (contratos independientes); estos no pueden prevalecer del Convenio que excluya su responsabilidad o limiten cuantitativamente la indemnización.

*    Habitualidades:
*    Pérdida
*    Daño o avería
*    Retraso o falta de entrega de la mercancía
*    “ En ningún caso excederá al valor de la mercancía”

5. Tipos de vehículos de transporte de mercancías como por ejemplo el tracto-camión, furgones, remolque etc.

Vehículos autorizados: Los vehículos aptos para el transporte por mercancías se clasifican en:

*    Camión: está provisto de medio propio de propulsión mecánica.
*    Remolque: diseñado para ser enganchado a un vehículo automóvil de carretera.
*    Cabeza tractora: es el provisto de medio propio de propulsión mecánica que arrastra a un semirremolque.
*    Semirremolque: remolque sin eje delantero, acoplado al vehículo que lo arrastra de tal manera que parte de dicho remolque, así como parte de su peso y de su carga, descansan sobre un vehículo tractor.


6. Documento de transporte por carretera (definición y descripción – generalidades): Es el documento que prueba que el transportista autorizado ha tomado las mercancías bajo su responsabilidad y se ha obligado a transportarlas y entregarlas de conformidad con las condiciones establecidas en ella o en el contrato correspondiente.


7. Servicios:

*    Públicos: en este caso, el vehículo se utiliza, exclusivamente, para el transporte de mercancías por carretera a título oneroso y por cuenta de otro.

*    Privados: es cuando el vehículo se utiliza, única y exclusivamente, para el transporte propio sin pago por el servicio. Es decir, el vehículo pertenece al poseedor de la autorización y se utiliza para el transporte de sus propias mercancías.

*    Interiores o nacionales: es el autorizado a circular por todo el territorio nacional, es decir, el realizado por los vehículos que están autorizados para llevar a cabo servicios públicos discrecionales de mercancías y que se otorgan sin limitación de radio de acción lo cual les permite realizar el transporte en todo el territorio del Estado.

*    Internacionales: Es el medio más empleado dado la gran cantidad de oferta disponible, lo que abarata su precio. Para hacer transporte internacional, se precisa de una autorización previa de todos los países por los que circulará; esto limita el número de transportistas con capacidad para realizar este tipo de transportes. El CMR es el Convenio para el Transporte Internacional de Mercancías por Carretera; el transporte se realiza entre dos países diferentes, de los cuales uno al menos está adherido al Convenio. El documento se denomina “carta de porte por carretera” y prueba la existencia de un contrato de transporte, que se ha cargado la mercancía, además de cómo recibo, aunque no sirve de título de propiedad.

*    Transporte Conmutativo: Modalidad de transporte plural en la que todos los operadores que intervienen en el traslado de la carga se convierten en un mismo y único contrato de transporte adhiriéndose en forma sucesiva la carga asumiendo la obligación individual y solidaria.

*    Transporte sucesivo: en varios vehículos de la misma naturaleza.


Tipo De Transporte

El tipo de transporte que ofrecen estos vehículos puede ser por cuenta propia (transporte privado) o por cuenta ajena (transporte público).

*    Privado (por cuenta propia): es cuando el vehículo se utiliza, única y exclusivamente, para el transporte propio sin pago por el servicio. Es decir, el vehículo pertenece al poseedor de la autorización y se utiliza para el transporte de sus propias mercancías.
*    Público (por cuenta ajena): en este caso, el vehículo se utiliza, exclusivamente, para el transporte de mercancías por carretera a título oneroso y por cuenta de otro.


Ámbito De Acción

*    De radio local y provincial: son los autorizados para circular dentro de la zona delimitada por una circunferencia, cuyo centro es el domicilio legal del vehículo y cuyo radio es de 100 kilómetros, es decir, un vehículo de radio provincial está autorizado para el transporte de mercancías por la provincia de residencia del vehículo.

*    De radio nacional: es el autorizado a circular por todo el territorio nacional, es decir, el realizado por los vehículos que están autorizados para llevar a cabo servicios públicos discrecionales de mercancías y que se otorgan sin limitación de radio de acción lo cual les permite realizar el transporte en todo el territorio del Estado.




Capacidad De Carga:

Es el peso máximo de mercancías declarada admisible por la autoridad competente del país de matriculación del vehículo, comprende el peso bruto de las mercancías y de los embalajes, así como la tara de los contenedores, cajas móviles y paletas.

Empresas autorizadas:

Son aquéllas empresas que ofrecen y realizan servicios de transporte de mercancías y cuya principal actividad, en términos de valor añadido, es el transporte de mercancías por carretera. Corresponden al número de personas físicas o jurídicas que disponen de título habilitante para el transporte de mercancías por carretera, de acuerdo con la sede de las citadas autorizaciones. El hecho de que el titular de la autorización, ya sean personas físicas o jurídicas pueda disponer de autorizaciones de distintas modalidades, presupone que el número total de empresas no sea idéntico a la suma de las de distintos tipos de autorizaciones.


Clase De Mercancía

*    Productos agrícolas y animales vivos.
*    Productos alimenticios y forrajes.
*    Productos petrolíferos.
*    Minerales brutos o manufacturados y materiales de construcción.
*    Máquinas, vehículos, objetos manufacturados y transacciones especiales.
*    Otras mercancías: engloba abonos, combustibles minerales sólidos, minerales y residuos para refundición, productos metalúrgicos, productos químicos.


Unidades:

La capacidad de carga se mide en toneladas. Es el peso de las mercancías, declarado admisible por la autoridad competente para ser cargado en un vehículo. Por lo tanto, el peso de las mercancías a considerar será el peso real bruto transportable, incluyendo los embalajes Las toneladas-kilómetro se calculan para cada operación de transporte al multiplicar las toneladas transportadas por el número de kilómetros recorridos